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Partidos políticos deberán destinar al menos el 5% del financiamiento público para programas específicos dirigidos a la comunidad LGBTIQ+

26 Nov 2025

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*Comunicado 1047 / 2025*

 

*Morelia, Michoacán, a 26 de noviembre del 2025*.- El Pleno de la 76 Legislatura aprobó una adición al Código Electoral de Michoacán, con la finalidad de que se destine al menos el 5% del financiamiento público anual que reciben los partidos políticos, de manera obligatoria a programas específicos de capacitación, formación política y empoderamiento dirigidos a personas de la diversidad sexual y de género.

Según lo establecido en el dictamen votado, “este recurso servirá para promover el empoderamiento político y la formación electoral de la militancia partidista sexo diversa, para que sean estas militancias quienes demanden y exijan a sus dirigencias el respeto a sus derechos político-electorales, el fin de la simulación y sanciones a la usurpación de las acciones afirmativas”.

De esta forma, la adición quedó de la siguiente manera “Deberán destinar al menos el dos por ciento (5%) del rubro de actividades específicas del financiamiento público anual ordinario que reciban, para la capacitación, formación política y empoderamiento de personas pertenecientes a las comunidades LGBTTTIQ+, incluyendo acciones afirmativas para su participación efectiva en procesos electorales y de toma de decisiones”.

También quedó establecido que, estas actividades deberán registrarse ante la autoridad electoral competente, quien será responsable de verificar el cumplimiento de esta disposición y se deberá garantizar su impacto en diversas regiones del estado, así como realizarse en colaboración con organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas o con personas expertas en derechos humanos y diversidad sexual.

2025-11-26
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