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Violencia obstétrica ya está considerada en el marco legal en Michoacán

19 Nov 2025

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*Comunicado 1008 / 2025*

 

*Morelia, Mich., a 19 de noviembre del 2025*.- Las y los diputados locales, aprobaron diversas modificaciones a la Ley Por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en Estado de Michoacán así como al Código Penal, por lo que la violencia obstétrica, ya se encuentra en el marco legal de Michoacán, con la finalidad de proteger los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Con estas reformas, también se reconoce que la violencia contra los derechos reproductivos limita el derecho de las mujeres a decidir libre y voluntariamente sobre su función reproductiva.

Con esto, la 76 Legislatura construye un marco normativo que garantice los servicios de salud desde una perspectiva de derechos humanos y perspectiva de género, así como la atención médica profesional, respetando las necesidades específicas, usos, costumbres y decisiones de las mujeres bajo los principios de interculturalidad y debida diligencia.

El dictamen aprobado señala que la violencia obstétrica se refiere a “toda acción u omisión realizada por el personal de salud en el ámbito público o privado, que tenga por objeto la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres o personas gestantes; se asocia al maltrato físico o psicológico y se expresa por un trato deshumanizador o denigrante, procedimientos innecesarios, negligencia, discriminación, abuso de medicación y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo la pérdida de la autonomía y capacidad de decidir de manera libre e informada sobre sus cuerpos y sexualidad”.

De la misma forma se estipula que en materia de violencia obstétrica, se deberán desarrollar y aplicar acciones y programas que fomenten la atención integral, en un ámbito de dignidad y respeto hacia las mujeres y personas gestantes durante el embarazo, parto, puerperio o en emergencias obstétricas, así como el acceso de las mujeres a decidir de manera libre, responsable e informada el número y espaciamiento de hijos y, en su caso, los métodos anticonceptivos que deseen utilizar; de igual forma se instrumentarán políticas transversales para la prevención, sanción y erradicación de la violencia obstétrica.

2025-11-19
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