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TEEMICH deberá emitir nueva resolución sobre violencia política de género ejercida contra síndica de Indaparapeo: PRI

25 Abr 2026

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Por segunda ocasión, revoca Sala Toluca del TEPJF resolución al considerar que el TEEMICH no realizó un análisis completo ni contextual de los hechos denunciados.

INFOMANIA/ URUAPAN, MICH./ VIE-24-ABR-2026/ Por unanimidad de votos, el Pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, resolvió revocar, por segunda ocasión, la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, TEEMICH, en el procedimiento especial sancionador correspondiente, relacionada con la denuncia por posibles actos constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la síndica de Indaparapeo, Elizabeth Agustín Santos, a fin de emitir una nueva determinación conforme a un análisis integral, contextual y no fragmentado de los hechos, así como bajo un estándar reforzado de debida diligencia.

Lo anterior deriva del hostigamiento, reducción arbitraria a su dieta, exclusión de eventos y bloqueo administrativo de que ha sido objeto en el desempeño en sus funciones dentro del Ayuntamiento por parte del alcalde Janitzio Zavala Vega.

El 08 de enero de 2025, la síndica presentó ante la Oficialía de Partes del Tribunal Electoral local, escrito de demanda para controvertir la reducción de su sueldo, así como diversas actuaciones que, a su consideración, obstaculizaban el adecuado desempeño de sus funciones.

Para el 11 de febrero de ese mismo año, la funcionaria municipal visibilizó esta situación en la Tribuna del Pueblo en el Comité Directivo Estatal del PRI, en la que aseguró, tuvo que enfrentar retos, dificultades, sinsabores y falta de empatía.

“Ha sido para mí un calvario estar en esa Presidencia. Creo que he estado haciendo lo mejor posible pese a que hay días que ni siquiera quiero asistir”, comentó.

Para el 20 de junio, el TEEMICH emitió sentencia dentro del expediente, en la que determinó la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género y el primer revés al Tribunal local se dio el 25 de julio siguiente, cuando la Sala Regional resolvió revocar la determinación impugnada y le ordenó que emitiera una nueva resolución en la que analizaran los hechos y las pruebas bajo un enfoque contextual e integral.

Para esta segunda revocación, se señala que, a juicio de la Sala Regional, los agravios de la denunciante resultan fundados, “en tanto que el Tribunal responsable no desarrolló el análisis de los hechos y de las pruebas conforme a los estándares exigibles en materia de VPG”.

Por ello, los elementos analizados no tenían que ser considerados de manera aislada, sino como parte de un conjunto de circunstancias que, en su interacción, podían revelar una incidencia relevante en el ejercicio del cargo de la denunciante.

Es importante mencionar que, desde el primer momento, el presidente Memo Valencia brindó el apoyo del PRI Michoacán y lamentó que el Tribunal sea de consigna con magistradas o magistrados que de manera reiterada toman decisiones no justas, sino políticas en contra del Revolucionario Institucional.

2026-04-25
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