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Propone Brissa Arroyo tipificar como delito la violencia patrimonial a quien oculte transacciones conyugales

31 Mar 2025

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*Comunicado 357 / 2025*

• Plantea castigo a quienes en perjuicio de la sociedad conyugal transfiera o adquiera a nombre de terceros
• La violencia económica y patrimonial acrecienta la desigualdad estructural entre mujeres y hombres, remarca la legisladora

*Morelia, Michoacán, a 30 de marzo de 2025*.- La diputada local Brissa Arroyo Martínez, presentó una iniciativa para tipificar como delito la violencia patrimonial para quien oculte, transfiera o adquiera bienes a nombre de terceros sin el consentimiento de la pareja, afectando así el patrimonio común.

En la máxima tribuna del estado, la Congresista argumentó que es fundamental para la salud de nuestras relaciones la transparencia en la gestión de nuestros bienes y recursos dentro de la sociedad conyugal.

La Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD) en la 76 Legislatura, explicó que la violencia económica y patrimonial, entendida como cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la mujer, es una realidad que perpetúa y acrecienta la desigualdad estructural entre mujeres y hombres.

En particular, abundó, existen las implicaciones al ocultar, transferir o adquirir bienes a nombre de terceros sin el consentimiento de la pareja. O incluso se manifiesta cuando, al tener una dependencia con su cónyuge o concubino, se le impide a la mujer tomar decisiones sobre la economía del hogar.

La ocultación de bienes no solo afecta el patrimonio común, también crea un ambiente de desconfianza y resentimiento que puede llevar a la ruptura de la relación.

“La violencia patrimonial, en cualquiera de sus formas, es inaceptable, porque tiene repercusiones en nuestros hijos y en la sociedad en su conjunto. Debemos ser conscientes de que nuestras acciones tienen un impacto más allá de nosotros mismos”, agregó.

En la iniciativa con proyecto de decreto se propone adicionar la fracción XXII al artículo 218 del Código Penal para el Estado de Michoacán, de conformidad con la siguiente: A quién en perjuicio de la sociedad conyugal o patrimonio común, generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera, a nombre de terceros, bienes sin autorización expresa del cónyuge, concubina o concubino.

Esta iniciativa fue también respaldada por las diputadas: Ana Belinda Hurtado Marín, Adriana Campos Huirache, Grecia Jennifer Aguilar Mercado, Diana Mariel Espinoza Mercado, Sandra María Arreola Ruiz, Ana Vanhessa Caratachea Sánchez y María Itzé Camacho Zapiain.

2025-03-31
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