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Plantea Reyes Galindo reforma para restringir circulación de camiones que transportan material peligroso

19 Nov 2025

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*Comunicado 1005 / 2025*

*Pide que en Michoacán las pipas de más de 10 mil litros sólo circulen de 8 pm a 8 am

*Morelia, Michoacán, 19 de noviembre de 2025*.- A través de una reforma que busca adicionar y armonizar, diversas disposiciones dentro de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán de Ocampo, el diputado Reyes, Galindo Pedraza, busca que se implementen restricciones de tránsito para camiones que transportan más de 10 mil litros de material peligroso.

Lo anterior lo planteó en el pleno del Congreso de Michoacán, donde el líder del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, expuso la necesidad de específicar disposiciones que regulen aspectos relacionados con horarios, rutas, condiciones técnicas, señalización o capacitación relacionadas con el transporte de materiales peligrosos.

Al argumentar que dicha omisión genera un vacío legal que pone en riesgo la integridad de las personas y del entorno, al no establecer límites claros ni obligaciones preventivas para quienes prestan este tipo de servicios; situación en la que esta entidad en su compromiso con la seguridad pública, la protección civil y el bienestar de su población, enfrenta un reto que requiere atención urgente y responsable: la regulación estricta del transporte de materiales peligrosos en su territorio.

“En México, el transporte terrestre de derivados de petróleo implica un alto nivel de riesgo para los operarios, conductores y habitantes de las zonas por las que transitan estos servicios logísticos. Particularmente, en el Estado de Michoacán la mayor parte del traslado de materiales peligrosos se realiza por medio de transporte terrestre, atravesando zonas urbanas y rurales en las que la densidad poblacional y la falta de medidas preventivas adecuadas incrementan significativamente el potencial de daño ante cualquier accidente”, expuso el legislador.

En ese contexto, explicó que en esta reforma se pretende establecer horarios específicos de circulación para vehículos que transporten materiales peligrosos, restringiendo su tránsito en zonas urbanas a únicamente entre las 20:00 y las 08:00 horas, salvo casos de emergencia debidamente justificados, así como obligar a las unidades a contar con señalización visible y sistemas de seguridad certificados, garantizando que el traslado cumpla con normas técnicas y ambientales vigentes.

Además de coordinar con las autoridades de protección civil la elaboración de rutas seguras y protocolos de actuación inmediata ante siniestros o fugas, capacitar y certificar a los operadores de transporte especializado para asegurar que cuenten con los conocimientos necesarios en materia de prevención, reacción y manejo de contingencias; y establecer sanciones ejemplares en caso de incumplimiento, priorizando la seguridad y la prevención por encima del interés económico.

Por último, Reyes Galindo enfatizó que esta reforma no pretende obstaculizar la actividad económica, sino garantizar que la movilidad en Michoacán se realice con responsabilidad y bajo criterios de seguridad integral, ya que es deber del Estado proteger la vida, el patrimonio y la tranquilidad de sus habitantes, previniendo los riesgos, antes de que se conviertan en tragedias.

2025-11-19
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