Agencia Infomania

Viaja a Guadalajara por 340 pesos
  • INICIO
  • Uruapan
  • Morelia
  • Municipios
  • Estatales
  • Política
  • Nota Roja
  • Cultura
  • Deportes
  • Economía
AL MOMENTO
  • 🛞♻️ Continúa con éxito la tercera edición del “Llantón 2026” en Uruapan ♻️🛞   |   26 May 2026

  • Congreso del Estado, impulsor de obras que fortalezcan difusión de los Derechos Humanos   |   26 May 2026

  • Lectura y deporte fortalecen escuelas como espacios de paz: Gabriela Molina   |   26 May 2026

  • Gabriela Molina impulsa la lectura para abrir nuevos horizontes a niñas y niños   |   26 May 2026

  • Gabriela Molina fortalece comunidad con encuentro de bandas de guerra   |   26 May 2026

  • ¡A leer por La Paz! Inicia maratón nacional de lectura enfocado en la juventud: Bedolla   |   26 May 2026

 

En el Congreso, combate frontal al acoso sexual

30 Nov 2023

Facebook Twitter Stumble linkedin Pinterest WhatsAppt More

Comunicado 715/2023

 

* 75 Legislatura expide su Protocolo para atender y sancionar este delito.

 

*Morelia, Michoacán, a 29 noviembre de 2023.-* A fin de establecer los mecanismos procedimentales, claros y necesarios para prevenir, atender, investigar y sancionar los actos de violencia de género en la modalidad de hostigamiento y acoso sexual, y la aplicación efectiva de medidas para erradicar estas posibles conductas al interior del Congreso del Estado, el Pleno Legislativo aprobó su Protocolo interno de actuación.

 

En Sesión Extraordinaria, fue votado el documento que establece en su marco, que se consideran conductas sancionables aquellas que se realicen contra las personas, ya sea por razón de sexo, edad, identidad sexogenérica, orientación sexual, estado civil, discapacidad o cualquier otra que implique de manera explícita o implícita cualquier conducta de tipo sexual que genere un entorno de intimidación, ofensivo, hostil, desagradable, denigrante o humillante.

 

También, cuando se fuerce mediante amenazas sobre la pérdida de algún beneficio, condiciones laborales o el condicionamiento de algún derecho político o laboral a que la persona se someta a requerimientos sexuales.

 

Así como, cuando se hagan observaciones sugerentes, vejatorias o desagradables y gestos obscenos; cuando se lleven a cabo conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia una persona para que se someta a sus deseos o intereses sexuales, o de alguna u otras personas; cuando se hagan chistes, piropos o comentarios sobre la apariencia física; se difundan rumores o cualquier tipo de información sobre la vida sexual de una persona; cuando se cometan aproximaciones no consentidas, rozamientos innecesarios; se realice una observación clandestina de personas en lugares reservados; entre otras.

 

El Protocolo contempla la creación de un Comité para la Atención de la Violencia de Género en su Modalidad de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, integrado por el o la Presidenta de la Mesa Directiva, quien encabezará; así como titulares de la Junta de Coordinación Política del Congreso, de la Comisión de Dictamen de Igualdad Sustantiva y de Género; de la Contraloría Interna del Congreso, que fungirá como Secretario Técnico; de la Auditoría Superior de Michoacán; la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas; un representante del sector académico y un representante del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Poder Legislativo de Michoacán.

 

El Comité tendrá que elaborar un Plan de Trabajo Anual para la Prevención de la Violencia de Género, que presentará al pleno para su aprobación y su posterior implementación, en el que se adoptará un pronunciamiento de “Cero Tolerancia” a las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual.

 

Los actos de violencia de género en la modalidad de hostigamiento sexual y acoso sexual serán imprescriptibles y la atención de éstos se iniciarán con la presentación de la queja por cualquier de sus modalidades, ya sea de manera presencial, anónima o por conducto del Buzón Naranja.

 

Las sanciones administrativas que podrían imponerse, van desde la amonestación pública o privada; la suspensión temporal del empleo, cargo o comisión; la destitución de su empleo, cargo o comisión que se estuviera desempeñando en el Congreso del Estado, hasta la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

2023-11-30
Facebook Twitter Stumble linkedin Pinterest WhatsAppt More
Nota anterior

Insuficientes, políticas públicas en materia de inclusión educativa para alumnos con Trastorno del Espectro Autista: Andrea Villanueva

Siguiente nota

Con Protocolo, Congreso da un paso para erradicar violencia de género en el Poder Legislativo: Lupita Díaz

Nota relacionada

🛞♻️ Continúa con éxito la tercera edición del “Llantón 2026” en Uruapan ♻️🛞

🛞♻️ Continúa con éxito la tercera edición del “Llantón 2026” en Uruapan ♻️🛞

adm3 26 May 2026
Congreso del Estado, impulsor de obras que fortalezcan difusión de los Derechos Humanos

Congreso del Estado, impulsor de obras que fortalezcan difusión de los Derechos Humanos

adm3 26 May 2026
Lectura y deporte fortalecen escuelas como espacios de paz: Gabriela Molina

Lectura y deporte fortalecen escuelas como espacios de paz: Gabriela Molina

adm3 26 May 2026

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Publicidad

PUBLICIDAD

Copyright 2008 - 2023. All Rights Reserved
Installed by IL