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La pandemia Covid-19 no debe ser usada como excusa para dar marcha atrás a la conversión de energías renovables: ICC México

22 May 2020

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La marcha atrás del CENACE el pasado martes no libera los riesgos contra el sector, la sentencia definitiva a dos amparos se tomará el 25; pero aún queda el acuerdo de la Secretaría de Energía del 15 de mayo que le da facultades da facultades a la CRE y al Cenace para emitir nuevos lineamientos de confiabilidad

INFOMANIA/ CIUDAD DE MÉXICO/ JUE-21-MAY-2020/ La International Chamber of Commerce (ICC) México considera que la pandemia por Covid-19 o SARS-Cov-2 no debe ser usada como una excusa del Gobierno de México para para dar marcha atrás a la conversión a energías renovables, con el objetivo de reimpulsar el monopolio de las dos empresas insignia del Estado: Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (Pemex), en perjuicio de la economía del país, el medio ambiente y la confianza de los inversores extranjeros en México.

El golpe lanzado el 29 de abril desde el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) y asestado el 15 de mayo desde la Secretaría de Energía (Sener), tiene sus antecedentes desde la promesa de campaña del actual presidente de rescatar a la CFE y Pemex, pasando por una serie de decisiones como la cancelación de la licitación para las redes de transmisión en Baja California y el cambio de las reglas del juego en materia de certificados de energía limpia, que le iban a dar viabilidad financiera a buena parte de los proyectos, al abrir la entrada al mercado a la paraestatal.

La decisión anunciada la noche del martes por el Cenace, a raíz de dos suspensiones provisionales obtenidas por empresarios del sector, reactivará las pruebas preoperativas en 23 parques donde se integran 10 centrales fotovoltaicas y 7 eólicas; esta decisión podría ser una aceptación gubernamental de la ilegalidad e inconstitucionalidad de la medida, aunque la decisión final la tomará el juzgador el próximo lunes 25 de mayo.

Sin embargo, aún queda el acuerdo de la Secretaría de Energía del 15 de mayo, el cual le da facultades a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y al Cenace para emitir nuevos lineamientos de confiabilidad, donde estos organismos van a tener toda la posibilidad de negar o no de forma discrecional la interconexión al sistema y la participación en el mercado de los proyectos que ellos consideren que restan confiabilidad al sistema con base a sus propios criterios que son nada claros y contrarios al marco legal de la electricidad.

Para la ICC es preocupante la falta de Estado de derecho porque la emisión, publicación e implementación pretendida de la política por parte de la Secretaría de Energía (Sener) presenta irregularidades y violaciones formales y sustanciales a la Constitución y marco legal vigente.

Entre otras, la política emitida en el acuerdo de 15 de mayo: (1) no sigue reglas mínimas que se aplican al debido análisis y publicación de la política y su entrada en vigencia y efecto (ignorando el período obligatorio de notificación y comentario); (2) interfiere con la autoridad constitucional y legal conferida exclusivamente y específicamente en otros reguladores y autoridades del sector (que no sean Sener) y sobrepasa el trabajo legislativo del Congreso de la Unión, quien sí está facultado para cambiar la norma; (3) traiciona el mandato de Sener y la responsabilidad de implementar una política energética integral consistente, con un enfoque holístico y cobertura constitucional; (4) Viola los principios básicos de la libre competencia en el sector, al incorporar tratamientos discriminatorios entre los participantes de la venta al por mayor en el Mercado de electricidad, estableciendo barreras regulatorias a la competencia, restringiendo ilegalmente el acceso claramente a favor de la CFE, desplazando injustamente a competidores potenciales.

Asimismo, (5) contraviene la constitucionalidad y principios legales, e instrumentos y tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano (incluso sobre protecciones a inversiones en México y específicos compromisos del Estado mexicano sobre cambio climático); (6) interrumpe el fundamental derecho de los mexicanos a un medio ambiente sostenible y saludable; (7) implica inminente aumentos de precios (a pagar por los consumidores finales o los contribuyentes en un subsidio sobre medio ambiente); (8) incorpora medidas que pueden considerarse desproporcionadas e inserta acciones retroactivas en inversiones ya existentes, y (9) repetidamente evade e ignora alertas e inquietudes planteadas por organismos diplomáticos, internacionales agencias, foros, cámaras, entre otros, en defensa de las inversiones en el sector.

Es importante señalar, como ya se ha informado en la opinión pública, que la CFE utiliza el combustóleo que Pemex produce en sus refinerías y no tiene dónde venderlo. En consecuencia, el Acuerdo Cenace y el de la Sener son favorables para Pemex, en la medida en que promueven la adquisición continua de su combustible por parte de la CFE, en un momento en el que los precios internacionales del petróleo, y los ingresos de Pemex, se han reducido significativamente.

Es importante recordar que el 7 de mayo de 2020, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) emitió una opinión dirigida a la Secretaría de Energía, a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y al Cenace, advirtiendo de las ilegalidades que contiene el Acuerdo CENACE, debido a que constituye una violación a la libre concurrencia en el mercado de generación de electricidad.

Asimismo, el acceso prioritario a las redes por parte de la CFE es difícil de justificar en términos económicos, debido a que las centrales convencionales de la CFE tienen un mayor costo de generación. Y en términos ambientales, la generación de electricidad a partir de combustibles fósiles por parte de la CFE produce altos niveles de emisiones contaminantes al medio ambiente.

2020-05-22
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