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Urgente que congreso de la unión expida la ley general de seguridad privada

23 Jun 2022

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Plazo máximo para expedirla venció el 25 de noviembre de 2021; tiene un retraso de casi siete meses.
Es apremiante realizar el registro nacional de empresas del ramo, pues de acuerdo con la SCJN, son coadyuvantes en la seguridad pública.

INFOMANIA/ CIUDAD DE MÉXICO/ JUE-23-JUN-2022/ Toda vez que la seguridad privada es considerada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como coadyuvante de la seguridad pública, desde la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hacemos un llamado al Congreso de la Unión para que expida sin mayor demora, la Ley General de Seguridad Privada.

En Coparmex nos preocupa la profesionalización y regulación de las empresas de seguridad privada y además, estamos interesados en que este sector incorpore en sus procesos mejores prácticas que beneficien a todos los mexicanos, por ello, urgimos a que se expida la Ley de Seguridad Privada para así contar con la regulación secundaria que haga realidad el texto constitucional.

En la última década, la realidad social y de seguridad pública rebasó la obligación constitucional del Estado Mexicano, lo que dio pie a la proliferación de empresas de seguridad privada, con todo tipo de distorsiones en la actividad de un sector que representa a más de ocho mil empresas, emplea a más de 600 mil colaboradores, y representa aproximadamente el dos por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

Frente a esta situación, el 11 de marzo de 2021 se aprobó una iniciativa de reforma constitucional al artículo 73 para efecto de facultar al Congreso de la Unión para legislar y expedir la Ley General de Seguridad Privada, cuyo ordenamiento fue publicado el 28 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, tras el visto bueno de la mayoría de los congresos locales, como lo dicta la ley.

La ley pretende regular la seguridad privada en tres aspectos: la homologación de un permiso único a nivel nacional con el objetivo de crear un registro nacional de las empresas que prestan el servicio en uno o varios estados, establecer la distribución de competencias que tendrán la federación, los estados y los municipios en la materia y las sanciones tanto para empresas como para usuarios que contraten empresas que no cuenten con la autorización correspondiente.

En Coparmex consideramos fundamental que se expida la Ley para que exista una efectiva y adecuada regulación y se lleve a cabo el registro nacional de empresas del ramo, pues actualmente solo se realiza cuando una empresa tiene actividad en dos o más entidades, pero cuando labora solo en una, solo tiene la obligación de llevar a cabo su inscripción ante la entidad federativa en la que presta el servicio.

Consideramos que regular y atender la operación de las empresas de seguridad privada es sumamente importante, pues la SCJN estableció que la seguridad privada es coadyuvante de la seguridad pública: “…los servicios de seguridad prestados por empresas privadas junto con las instituciones de seguridad pública, forman parte de un sistema de seguridad pública que funciona por colaboración entre éstas y aquellas, las cuales, sin subsumirse, en las funciones del Estado, coadyuvan con él.”

Por este motivo expresado por el máximo órgano del Poder Judicial, así como por las razones aquí expresadas y en especial, debido a la necesidad de contar con un marco jurídico adecuado para el mejor desarrollo de este sector, es que desde Coparmex reiteramos nuestro atento llamado al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Seguridad Privada que, sin duda, dotará de mayores herramientas de coordinación, seguimiento y control a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, en favor de los ciudadanos.

2022-06-23
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