Esta determinación busca salvaguardar la salud de los usuarios y trabajadores durante la contingencia por COVID-19.
COMUNICADO SEMACCDET 114/MORELIA, MICHOACÁN, A 06 DE ABRIL DE 2020.- Al considerarse en Michoacán inhábil por Acuerdo Administrativo el periodo del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, la Secretaría de Medio Ambiente, Cambio Climático y Medio Ambiente, Semaccdet, informó que se prorroga el cumplimiento de la Licencia Ambiental Única, LAU.
Esta prórroga aplica al tema de solicitud y expedición de Licencias Ambientales Únicas, las cuales se otorgan a las empresas o industrias que son responsables de emisiones provenientes de fuentes fijas y se encuentran en funcionamiento, pero no cuentan con una autorización previa.
El titular de la Semaccdet, Ricardo Luna García, aseguró que las industrias en este apartado tendrán el beneficio de que no correrán los términos para cumplimiento de dicha obligación, ampliando el periodo de la Cédula de Operación Anual al 29 de mayo de este 2020.
Como extensión de esta determinación tomada por el titular del Ejecutivo del Estado, tampoco correrán los plazos ni términos, ni se practicará sanción alguna a dichas empresas que requieren de una Licencia Ambiental Única, informó el titular de la Semaccdet, Ricardo Luna García.
La Licencia Ambiental Única deben solicitarla las empresas que tengan como finalidad desarrollar operaciones o procesos industriales, de servicios o actividades que generen o pueden generar emisiones contaminantes a la atmósfera.
Entre los sectores que se consideran dentro de este esquema está el químico, petroquímica, pinturas y tintas, automotriz, celulosa o papel, metalúrgico, del vidrio, generación de energía eléctrica, entre otros, contenidos en el artículo 111 Bis de la Ley General de Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente, así como en el artículo 17 Bis del Reglamento de esta misma Ley, enmarcado en el apartado de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera.