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Que se castigue a funcionarios públicos que no entreguen retenciones salariales de los trabajadores: Mayela Salas 

17 Mar 2022

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Podría incurrir en abuso de funciones quien no entregue en tiempo y forma aquellos recursos producto de las retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores al servicio del estado y de sus municipios.

 

Morelia, Mich.; 17 de marzo 2022.- Con la finalidad de proteger el salario y la estabilidad financiera de los trabajadores al servicio del estado y sus municipios, la diputada Mayela Salas llevó al pleno del Congreso del Estado, la iniciativa por la cual los entes públicos quedan obligados a entregar en tiempo y forma toda retención, descuento o deducciones hechas al salario de dicho personal, ya que actualmente no existe obligación por parte de mencionados entes.

 

Con dicha iniciativa, se reformaría el artículo 30, en el cual se adiciona a la fracción IV y se incluyen las fracciones VII y VIII, además se adiciona un artículo 30 bis de la Ley de Los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán De Ocampo y de sus Municipios, y adiciona un segundo párrafo al artículo 57 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo.

 

Salas Sáenz destacó que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los gobiernos municipales generan una gran cantidad de empleos para ciudadanas y ciudadanos en este estado, por lo que es debido proteger el salario y los derechos laborales a los que son sujetos por su prestación de servicios.

 

“A todos nosotros por concepto del ISR nuestro ente administrativo de esta soberanía, nos descuenta dicho impuesto en la retribución que realizamos por nuestro trabajo, pero en el artículo 30 no se establece esa obligación que tenemos todos los ciudadanos y que inclusive está comprendida desde la Constitución Federal en la fracción IV del artículo 31 de nuestra Carta Magna”, indicó la congresista.

 

Los supuestos también incluyen, los descuentos ordenados por la autoridad judicial competente, para cubrir alimentos que fueren exigidos al trabajador, pero los descuentos que ordena la autoridad judicial competente, pueden ser también para cubrir gastos médicos o la reparación del daño a los que fuera obligado por sentencia u resolución judicial al trabajador, cosa que la ley no incluye y que por ende limita la fácil resolución de procesos judiciales.

 

Salas Sáenz, informó ante el Congreso, que lo más grave que detectó durante el estudio de la norma, es que no existe la plena obligación de los patrones, en este caso los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como los municipios; de entregar dichas retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores de forma inmediata a quienes son beneficiarios o los tenedores de dichos créditos u obligaciones que el trabajador contrajo ante los mismos, por lo que se ha generado una parte de la deuda de nuestra entidad, por la falta de pagos, ya que aún cuando se han generado los respectivos descuentos, pasadas administraciones no hicieron los depósitos correspondientes.

 

Con esta medida se busca también que todo aquel servidor público que no entregue en tiempo y forma aquellos recursos financieros producto de las retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores al servicio del estado y de sus municipios, incurra en abuso de funciones y sea acreedor a las sanciones correspondientes.

 

Finalmente, Mayela Salas indicó que con dicha iniciativa se busca tener claridad en el destino y uso de las retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores, garantizar que los mismos no tengan mal historial crediticio, que el estado no se endeude más y que los trabajadores tengan todas sus prestaciones que por ley o beneficio les corresponden y estén al corriente en sus pagos y obligaciones.

2022-03-17
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