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Propone Semaccdet una serie de acciones para la conservación del medio ambiente

20 Mar 2020

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El paquete presentado ante el Poder Legislativo de Michoacán fue recabado en cinco foros de consulta realizados en todo el estado.

 

MORELIA, MICHOACÁN, A 20 DE MARZO DE 2020.- Michoacán cuenta con más de 9 mil 500 especies de vegetación y fauna, cerca del 72 por ciento del territorio estatal se encuentra bajo algún esquema de conservación. Para aumentar este porcentaje de cuidado y manejo de los recursos ambientales la Secretaría de Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Territorial, Semaccdet, planteó desde hace un año un paquete de propuestas contenidas en la nueva Ley para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental del Estado de Michoacán de Ocampo, LCSA.

 

Para llegar a esta propuesta la Semaccdet a través de su Dirección de Ordenamiento y Sustentabilidad del Patrimonio Natural realizó 5 foros de consulta en todo el estado, los cuales se realizaron en el mes de octubre de 2017, ahí se socializó la propuesta y se enriqueció con la participación de más de mil 100 ciudadanos; se obtuvieron más de 100 propuestas, en las que se identificaron una serie de problemáticas que se presentan en cada región, así como una posible solución a las mismas.

Uno de los temas que se identificó es el cambio de uso de suelo, el cual modifica el hábitat de la flora y la fauna en la entidad, además de problemas de contaminación del suelo y cuerpos de agua, así como una sobreexplotación de los recursos naturales, por la gran generación de residuos, los cuales ascienden a más de 3 mil 600 toneladas diarias de basura, siendo el 40% sólo de plásticos.

 

El paquete propuesto al Poder Legislativo plantea seis reformas y una nueva ordenanza para sustituir la actual Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable, LADS. Entre las reformas se incluyen temas como: mejores técnicas disponibles, límites máximos permisibles, el concepto de buen estado ecológico; la introducción de Principios Ambientales Internacionales como el Principio de Cooperación, Principio de Prevención, Principio de Desarrollo Sustentable, Principio de Responsabilidad Común pero Diferenciada, Principio de Precaución y Principio Quien Contamina Paga.

 

En esta iniciativa de ley, se pretende la eliminación gradual de los plásticos y productos derivados del poliestireno de un solo uso, para reducir la generación de residuos, a través de la sustitución progresiva de dichos productos generado por un cambio de cultura ambiental y hábitos de utilización de bolsas, envases, embalajes o empaques que se proporcionan en establecimientos mercantiles.

Se considera también el pago por servicios ambientales hidrológicos, a cargo de los Organismos Públicos Descentralizados municipales que presten los servicios del suministro de agua potable y alcantarillado, en municipios con población mayor a 100,000 habitantes.

 

Se fortalecen los requisitos de la evaluación de impacto ambiental, de la licencia ambiental única, de los estudios de daños, y se establecen parámetros de multa, las cuales se dividen en leves, graves y muy graves dependiendo del deterioro o daño producido al medio ambiente. Se busca también fortalecer la mitigación de gases de efecto invernadero a través de la disminución de emisiones en generación y uso de energía, del sector transportista, del sector agrícola, forestal y el uso del suelo, del sector de residuos y del de procesos industriales.

2020-03-20
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