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Propone Oscar Escobar sanciones a funcionarios públicos que violen el juramento constitucional

17 Mar 2022

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– Necesario garantizar el cumplimiento de la Constitución Mexicana, la de Michoacán y las leyes que de ellas emanen por parte de funcionarios públicos.

 

– Se contempla una multa de cinco a veinte mil días e inhabilitación del cargo hasta por 4 años para desempeñar un cargo público.

 

– En caso de que la conducta sea reincidente la pena será de 1 a 2 años de prisión y la de inhabilitación especial para empleo o cargos públicos, profesión u oficio, por tiempo de 4 a 6 años.

 

 

 

Comunicado/Morelia, Michoacán, 17 de marzo de 2022.- Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las atribuciones de los funcionarios públicos y evitar la violación al juramento constitucional realizado al momento de su toma de protesta, Oscar Escobar Ledesma, diputado local por el distrito 19 con cabecera en Tacámbaro, presentó la iniciativa con la que se propone adicionar el artículo 272 bis del Código Penal del Estado.

 

Esto derivado de diferentes conductas en las que ciudadanos se han visto afectados por el uso de recursos o espacios públicos para ser vulnerada en sus derechos, el legislador panista expresó la necesidad de reforzar las sanciones para quienes falten al juramento constitucional ante la sociedad.

 

«Esta iniciativa propone que quien habiendo tomado el juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución Política Mexicana, la de Michoacán y las leyes que de ellas emanen, falten dolosamente a las mismas y, si el responsable de este delito es el gobernador, el secretario de gobierno, el fiscal general de justicia del estado, los diputados, los magistrados, los consejeros electorales y del Poder Judicial, el auditor superior  o cualquiera de los titulares de los Órganos Autónomos, será acreedor a una multa de cinco a veinte mil días e inhabilitación del cargo hasta por 4 años para desempeñar un cargo público».

 

Afirmó que en caso de que su conducta de violar la constitución mexicana, estatal o alguna ley, sea reincidente, la pena será de 1 a 2 años de prisión y la de inhabilitación especial para empleo o cargos públicos, profesión u oficio, por tiempo de 4 a 6 años.

 

Escobar Ledesma explicó que con esta propuesta se podrá dar mayor certeza al actuar apegado a la norma y en total transparencia por parte de los funcionarios públicos.

2022-03-17
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