MORELIA, MICHOACÁN, 25 DE JUNIO DE 2020.- Durante la sesión virtual celebrada hoy por la mañana, el diputado local, Francisco Cedillo de Jesús, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso del Estado, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Organizaciones Agrícolas del Estado de Michoacán.
En su intervención, el congresista afirmó que la agricultura representa un tercio de la superficie de la tierra, y es la actividad central para muchas de las poblaciones del mundo, las cuales han registrado un aumento en los últimos 20 años.
Dijo que de acuerdo a datos revelados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), una gran parte de los países en vías de desarrollo dependen de la agricultura y apenas si subsisten al tener un acceso limitado a los recursos y a la tecnología y por consiguiente se ocupe de la sobre explotación de las tierras marginales.
Sostuvo que la actividad agrícola permite un contacto cercano con la naturaleza y la generación de recursos que esta desaprovechada sobre todo en nuestro país, de manera general el pequeño agricultor actúa en forma dispersa y manifiesta escaso desarrollo organizativo.
Paco Cedillo declaró que la escasa organización de los agricultores y su falta de interés en la formación de asociaciones que los representen, se debe entre otros factores, a la falta de legislación adecuada; falta de incentivos y de acceso a recursos del sector público; centralización administrativa excesiva; falta de dirigentes verdaderamente representativos y auténticos, sin interferencias políticas o de ventajas personales, la escasez de recursos para la remuneración a los inversionistas agrícolas, que por lo tanto no pueden dedicarse por completo a las tareas de extensión.
A partir de esta realidad, dijo surge el interés de proponer una reforma a la Ley de Organizaciones Agrícolas modificando el término productores agrícolas, por agricultores, adecuados a sus necesidades y a la realidad de la actividad agrícola misma.
El legislador subrayó que el espíritu tanto de la Ley de Organizaciones Agrícolas del Estado de Michoacán, como el de su Reglamento, es regular la creación, regulación y sobre todo fomentar la organización de los productores agrícolas michoacanos, bajo un marco jurídico de conformación de las Asociaciones Agrícolas y otras legalmente constituidas cuyo objetivo principal sea la producción agrícola, al amparo de la Unión Agrícola Estatal, que aglutine la representación de las asociaciones agrícolas afiliadas, de todos los productores en el Estado; en consecuencia, se hace necesario incorporar a la vigente Ley de Organizaciones Agrícolas del Estado de Michoacán, la generación de modernos sistemas de tecnología, de asesoría comercial y jurídica, para la exacta observancia de las normas fitosanitarias y de calidad.
El legislador argumentó que Michoacán cuenta con 120 cultivos que dan no sólo identidad, sino que demuestran el potencial productivo y la gran riqueza de climas, flora y fauna, gracias a ello, Michoacán se consolida en el país con 20 productos que ocupan el primer lugar de producción en el país.
“La importancia del sector agrícola para detonar nuevas fases de desarrollo depende de sus niveles de competitividad, que a la vez se ve limitado debido a que la agricultura de temporal representa más de 60 por ciento, a la vez que entre 10 y 15 por ciento de la economía michoacana es agricultura y ésta detona efectos multiplicadores significativos a escala regional”.
Finalmente, Cedillo de Jesús dijo que el 27 de marzo de 1997, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán la Ley de Organizaciones Agrícolas del Estado, con el fin de generar e instrumentar las políticas públicas para apoyar a los agricultores afiliados a la Unión Agrícola Estatal que lo soliciten, en la obtención de créditos; apoyar en el proceso de registro de marcas y patentes de productos diseñados por agricultores michoacanos.
La presente reforma de ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.