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Legisladores exhortan a la contratación laboral de personas con discapacidad

05 Dic 2024

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*Comunicado 573 / 2024*

 

*Morelia, Michoacán a 05 diciembre de 2024.-* El Congreso del Estado emitió un exhorto a los Poderes del Estado, gobiernos municipales, organismos descentralizados, empresas de participación estatal y organismos autónomos para que garanticen como mínimo el 5% de su respectiva plantilla laboral para la inclusión de personas con discapacidad, en cumplimiento del artículo 42 de la Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad del Estado de Michoacán.

En Sesión Ordinaria, el voto unánime se dio a favor de la propuesta de Acuerdo presentada por las diputadas Nalleli Julieta Pedraza Huerta, Belinda Iturbide Díaz, Giulianna Bugarini Torres, Jaqueline Avilés Osorio y Melba Edeyanira Albavera Padilla mediante la cual se insta a cumplir con la obligación establecida en la Ley para la inclusión de las personas con discapacidad.

De igual forma, presentar el informe anual al Consejo Michoacano para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, donde se incluya, por lo menos, las convocatorias emitidas, así como, las contrataciones que derivadas de ellas o no, haya realizado, indicando el porcentaje que representan las personas con discapacidad contratadas en relación con el número total de empleados que se encuentren bajo su mando, independientemente de la modalidad laboral bajo la que se encuentren contratados.

El Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura recordó que con fecha 24 de octubre de 2024 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el Decreto 691 del Congreso del Estado de Michoacán, en el que se reforma el artículo 42 de la Ley para la inclusión de personas con discapacidad en el Estado de Michoacán de Ocampo, a fin de incrementar de 3% a 5% el porcentaje mínimo de personas con discapacidad que deben ser empleadas en la estructura de los tres Poderes del Estado, gobiernos municipales, sus organismos descentralizados, empresas de participación estatal y organismos autónomos.

En su exposición de motivos, las legisladoras expusieron que la condición de discapacidad es una de las condiciones que mayor prevalencia de actos de discriminación genera, y por otro, que en el lapso de solo un lustro la percepción de discriminación aumentó casi 10 puntos porcentuales cuando se trata de personas con discapacidad.

Ante ello, coincidieron es imperioso reforzar de manera institucional las acciones que permitan que las personas con discapacidad puedan gozar a plenitud de sus derechos, como la salud, la educación, el trabajo, la vivienda, el transporte, la justicia, la cultura y el turismo.

2024-12-05
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