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Fortalecer procesos de fiscalización en Michoacán y dotar de mayor autonomía a la ASM propone Miriam Tinoco

02 Jul 2020

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COMUNICADO 601/ MORELIA, MICH./ JUE-02-JUL-2020/ Con el objetivo de fortalecer los procesos de fiscalización en la entidad, la diputada Miriam Tinoco Soto planteó reformar la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado, a fin de otorgar mayor claridad en las disposiciones y dotar de mayores atribuciones a la Auditoría Superior de Michoacán para que realice su trabajo por medios electrónicos y no se suspendan los procedimientos ante contingencias como la que hoy se vive por el Covid-19, además de que propone la modificación de algunos plazos y términos para que los procesos sean más expedito.

Con dicha propuesta resaltó, se propone también establecer que el Plan Anual de Fiscalización de la Auditoría Superior de Michoacán, así como sus modificaciones, -en el caso de requerirse-, se emitan por la ASM y se envíe al Congreso, por conducto de la Comisión Inspectora, solo para conocimiento y no para aprobación.

“Ello permitirá que la Auditoría Superior de Michoacán se encuentre en mejores condiciones para llevar a cabo la planeación correspondiente de sus actividades de fiscalización en primer término, y para eficientarlas en el proceso de ejecución”.

En la sesión virtual celebrada este jueves, Miriam Tinoco Soto explicó que con dicha propuesta también se buscar optimizar los procesos de fiscalización, por lo que se propone la modificación de algunos plazos y términos, a efecto de que el proceso de fiscalización pueda ser más expedito, sin que ello sea en demérito de los derechos de los funcionarios titulares de los entes fiscalizados.

Derivado de que la pandemia ha generado que se asuman nuevos hábitos preventivos, por ello, con esta propuesta también se contempla hacer más eficientes y oportunos, los procesos de fiscalización, disminuyendo el uso de papeles y documentos físicos y, otorgándoles validez y certeza jurídica por medio de la utilización de firmas electrónicas en sustitución de las firmas autógrafas, de quienes intervienen en los procesos.

“Con ello además, se estima que se puede optimizar la administración de los recursos, tanto humanos como económicos y materiales, que en la actualidad resultan onerosos para la recepción, organización, clasificación y almacenamiento de documentos”.

Es así, que las entidades fiscalizables y los servidores públicos de la Auditoría Superior de Michoacán, estarán en condiciones de llevar a cambio el envío e intercambio de información, de manera oficial, pero por medios electrónicos y con documentación digitalizada, ello, con la validez necesaria que le otorgaría el uso de la Firma Electrónica Avanzada, sostuvo Miriam Tinoco.

“No omito mencionar que la implementación de la Firma Electrónica Avanzada, independientemente de la propuesta contenida en la presente iniciativa de reformas, es una de las estrategias para la modernización institucional, previstas en el Plan de Trabajo Institucional 2019-2026 de la Auditoría Superior de Michoacán”.

La legisladora plantea establecer en la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado, la posibilidad de que la entidad de Fiscalización Superior del Estado, pueda realizar los procesos de fiscalización por medios electrónicos o de manera presencial, estableciendo las bases legales necesarias para que exista legalidad y certeza jurídica, en la norma y facultando a la Auditoría Superior de Michoacán para que emita la normatividad secundaria conducente.

Con estas reformas planteadas por Miriam Tinoco también se contribuye a fortalecer el Sistema Nacional de Fiscalización y se consolida la autonomía técnica y de gestión de la ASM, así como diversos procedimientos para eficientar el trabajo del órgano fiscalizador.

Finalmente, destacó que también se establece que la Auditoría Superior implementará un sistema informático, a través del cual, de manera enunciativa más no limitativa realizará la notificación de solicitudes de información preliminar, órdenes de auditoría, e informes individuales que contengan acciones, previsiones o recomendaciones, así como en su caso cualquier acto que se emita, los cuales constarán en documentos digitales.

2020-07-02
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