Boletín 820/Morelia, Michoacán, a 21 de diciembre de 2022.- El Pleno de la 75 Legislatura de Michoacán aprobó diversas reformas en materia tributaria para mejorar la recaudación fiscal en el Estado.
Se trata de modificaciones que ajustarán la percepción fiscal a la realidad social, como un mecanismo de recaudación elemental.
Las leyes de Hacienda; de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental; Coordinación Fiscal; Orgánica de la Administración Pública; Hacienda Municipal; y el Código Fiscal, todos del Estado de Michoacán, fueron las normativas que reformaron los legisladores para adecuar la recaudación a las necesidades actuales.
En Sesión Extraordinaria, las y los diputados validaron reformar la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado, en su artículo 8 y se adicionó el 12 Bis, con el cual se da facultad al Congreso del Estado para autorizar presupuesto multianual para obra pública, en el Presupuesto de Egresos.
Establece además, que las erogaciones no podrán exceder los ejercicios fiscales que correspondan al periodo de gobierno de la administración que los contrate.
La reforma a la Ley de Hacienda del Estado actualizó y especificó elementos al impuesto a los premios generados en juegos con apuestas, como lo son las unidades o agentes económicos privados para su pago de dicha contribución.
Mediante el dictamen presentado por las comisiones unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Deuda Pública, se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, para dar a la Secretaría de Desarrollo Económico, la atribución de cumplir las disposiciones del Gobernador sobre las facultades que a éste le corresponden en materia de administración de trabajo y previsión social; así como a realizar estudios de Mercado, de costos de productos y mediciones inflacionarias de los precios al consumidor.
A la Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad, se le atribuyó la responsabilidad de ejecutar los programas, obras y proyectos de infraestructura, equipamiento, servicios urbanos, movilidad y seguridad vial que no sean competencia de otra dependencia o entidad.
De igual forma, aprobaron reformar el Código Fiscal del Estado de Michoacán para establecer un mayor control en el domicilio fiscal que precisan los contribuyentes y no puedan desaparecer del mismo. Además, se introducen las precisiones de los medios de contacto con el contribuyente al establecer como obligación de éste, el mantener actualizada una sola dirección de correo electrónico y un número telefónico.
También, la reforma evitará que particulares con adeudos de obligaciones fiscales estatales, puedan ser receptores o beneficiarios de contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública a cargo de las dependencias y entidades dependientes del gobierno estatal.
La Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Michoacán fue modificada para que en el supuesto de que los municipios presenten adeudos por concepto del Impuesto Sobre la Renta, correspondiente al salario del personal que preste o desempeñe un servicio subordinado al mismo, la Secretaría de Finanzas y Administración, les descontará con cargo al Fondo General de Participaciones, el monto equivalente al adeudo.