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Hugo Rangel propone dotar atribuciones a Ayuntamientos contra crisis alimentaria en la niñez

21 May 2025

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*Comunicado 500 / 2025*

 

*Morelia, Michoacán, 21 de mayo del 2025*. – El diputado Hugo Rangel presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa que busca dotar de atribuciones jurídicas a los ayuntamientos para restringir la venta de alimentos ultraprocesados en las inmediaciones de centros escolares, esto frente al “deterioro en los hábitos alimenticios de la infancia y la alarmante prevalencia de enfermedades asociadas a la obesidad”.

“La excepción, hace tres décadas, era encontrar a un niño con sobrepeso; hoy, penosamente, la regla es exactamente la contraria”, expresó el legislador al contextualizar el retroceso nutricional al que se ha visto expuesta la niñez en las últimas décadas.

La propuesta legislativa encuentra su fundamento en el artículo 212 de la Ley General de Salud, así como en el artículo 75 de la Ley General de Educación, la cual establece una lista de alimentos prohibidos en escuelas primarias y secundarias.

De manera puntual, la iniciativa plantea que los 113 ayuntamientos del estado y el Consejo Municipal de Cherán cuenten con herramientas normativas para prohibir la expedición de licencias municipales a establecimientos que expendan productos con bajo valor nutricional, conocidos popularmente como comida chatarra. “Esta cruzada del Gobierno de la República requiere del esfuerzo coordinado de la sociedad civil y de los tres órdenes de gobierno”, señaló Rangel.

Citando a organizaciones especializadas como El Poder del Consumidor, advirtió que “uno de cada dos niños que hoy tienen entre 6 y 15 años tienen altas probabilidades de padecer hipertensión y diabetes en su vida adulta”. Ante esta proyección epidemiológica, el legislador defendió el papel de los gobiernos locales como garantes del interés superior de la niñez, al tiempo que exhortó a asumir con seriedad el compromiso de revertir esta tendencia.

El proyecto incluye un artículo tercero transitorio que establece un plazo no mayor a 60 días hábiles para que los gobiernos municipales adecuen sus reglamentos y hagan efectiva la aplicación de la nueva normativa. Además, se contempla que la Dirección de Inspección y Reglamentos de cada ayuntamiento coadyuve con las inspecciones escolares en vía pública. “Privilegiar el interés superior de las niñas, niños y adolescentes exige no sólo voluntad política, sino también capacidad normativa”, concluyó.

2025-05-21
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