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TEEM acreditada vulneración al ejercicio del cargo en contra de un Regidor de Pátzcuaro

11 Ene 2024

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Boletín TEEM 001-2024

 

 

*Declara inexistencia de violencia política y revoca medidas cautelares.

 

Morelia, Michoacán a 4 de enero de 2024.- El Tribunal Electoral del Estado (TEEM) ordenó al Presidente, Secretario y Tesorero, todos del Ayuntamiento de Pátzcuaro, Michoacán, otorguen al Regidor la información respecto del estado que mantiene dicho cabildo.

 

Yurisha Andrade Morales, Magistrada Presidenta del TEEM, las Magistradas Alma Rosa Bahena Villalobos y Yolanda Camacho Ochoa, así como el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, resolvieron el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TEEM-JDC-058/2023 y declararon la vulneración al derecho político-electoral de votar y ser votado en su vertiente del ejercicio y desempeño del cargo de un Regidor del Ayuntamiento de Pátzcuaro, Michoacán, ordenando al Secretario del Ayuntamiento y al Presidente Municipal se le entregue la información solicitada y en la próxima sesión de cabildo (ordinaria o extraordinaria) se le otorgue la posibilidad de manifestar lo que así considere. Además de ser apercibidas las autoridades responsables para que, en lo subsecuente, proporcionen la información que resulte necesaria para el análisis, discusión y votación de los puntos a desahogar en las sesiones de Cabildo.

 

En el segundo punto del orden del día, los juristas resolvieron declarar inexistencia de violencia política contra la denunciante en razón de género, atribuida al Dirigente Estatal del PRD, al PRD por culpa in vigilando, a un periodista y a un medio de comunicación, luego del análisis del Proyecto de Sentencia del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-VPGM-028/2023.

 

Las Magistradas y Magistrado revocaron las medidas cautelares establecidas por la Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Michoacán (IEM) en contra del Dirigente Estatal del PRD, del periodista y del medio de comunicación.

2024-01-11
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