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Decreto de aislamiento obligatorio, para salvaguardar la vida de las personas

22 Abr 2020

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  • El gobernador, facultado por la Ley General de Salud para instrumentar medidas que protejan la salud de la población, señala Víctor Lenin Sánchez, consejero jurídico del Ejecutivo

 

 

MORELIA, MICHOACÁN A 22 DE ABRIL DE 2020.- Ante el crecimiento de la curva epidemiológica que ubica a Michoacán entre los diez estados con más defunciones por el virus COVID-19, se hace necesario implementar acciones contundentes, que lejos de trasgredir los derechos humanos, ponderan la salud y la vida de los michoacanos, tal como se establece en el Decreto de Aislamiento Obligatorio suscrito por el gobernador, Silvano Aureoles Conejo.

 

Al precisar lo anterior, el consejero jurídico del Ejecutivo del Estado, Víctor Lenin Sánchez, subrayó que dicho decreto privilegia el bien colectivo con motivo de la pandemia, como es el caso de la salud y la vida de los ciudadanos.

 

El funcionario estatal agregó que, de no actuar, se estaría incumpliendo en la obligación constitucional de proteger los derechos humanos fundamentales, ya que en estos momentos es de mayor trascendencia tomar acciones en favor de la vida de las personas.

 

Precisó que, ante este panorama, es oportuno e indispensable la ejecución de medidas contundentes por parte del mandatario michoacano, que tiene la facultad de acuerdo con la Ley General de Salud, en sus artículos 1º, 4º fracción IV, 134 y 135, de realizar actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las enfermedades.

 

Lenin Sánchez refirió que las medidas previstas en el presente Decreto tienen como objetivo contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Para ello es indispensable garantizar a las personas el derecho a la protección de la salud consagrado en el artículo 2°, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.

2020-04-22
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