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Perseguir violencia familiar de oficio en Michoacán y endurecer penas propone Lucila Martínez

28 Feb 2020

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BOLETÍN 155/MORELIA, MICH., A 27 DE FEBRERO DEL 2020. Para evitar que la violencia familiar por desistimiento o falta de seguimiento siga cobrando víctimas, la diputada Lucila Martínez Manríquez propuso reformar el Código Penal del Estado para que se persiga de oficio y se castigue con 1 a 5 años de cárcel, así como endurecer las penas cuando la víctima sea menor de edad, adulto mayor de sesenta años, esté embarazada o tenga tres meses posteriores al parto y no tenga capacidad para comprender el significado del hecho.

 

 

Al hacer uso de la Máxima Tribuna en el Congreso del Estado planteó reformar la Ley para que se siga de oficio la violencia familiar y que el sujeto activo del delito será remitido a tratamiento especializado hasta por el tiempo que el terapeuta lo considere, así como a la inserción a programas de reeducación para personas generadoras de violencia, a través de instituciones públicas, cuyos servicios deberán ser integrales, especializados, gratuitos, con perspectiva de género y masculinidades; dichas instituciones deberán informar periódicamente al juez sobre los avances del tratamiento.

 

En todo momento el Juez podrá ordenar las medidas necesarias para el cumplimiento de estas disposiciones.

 

En la iniciativa Lucila Martínez precisa los integrantes del núcleo familiar, para efectos de la aplicación de este Código, y propone que éste delito sea perseguido de oficio, con el propósito de proporcionar mayor protección a las víctimas, desde el momento en que se pueden ordenar cuantas diligencias sean necesarias desahogar para el desarrollo de la investigación, además de que los generadores o sujetos activos del delito de violencia familiar sean remitidos a tratamiento especializado hasta por el tiempo que el terapeuta lo considere, así como a programas de reeducación que les permitan con perspectiva de género y masculinidades, convivir dentro de un núcleo familiar afectivo.

 

Lo anterior, con el propósito de abonar en el cierre de estos episodios violentos que inician dentro del núcleo familiar y en la mayoría de las ocasiones esta violencia es expandida a otros ámbitos, y de un factor familiar con oportunidad de tener una rehabilitación, se convierte en un serio problema social traducido en un ambiente de inseguridad y violencia como el que actualmente sufre nuestro país.

 

Asimismo se plantea que el Estado preverá lo necesario para que las víctimas del delito accedan a los mismos tratamiento y se establece que comete delito de violencia familiar la persona que se encuentre unida por vínculo matrimonial, concubinato, sociedad de convivencia, consanguinidad en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, parentesco colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado.

 

 

 

 

 

“Independientemente de que se produzcan o no lesiones o se configure cualquier otro delito, sin que dicha conducta deba ser consecutiva o reiterada, se le impondrán de uno a cinco años de prisión, sanción de cien a doscientos días multa, suspensión de los derechos que tenga respecto a la víctima por el término de la pena de prisión impuesta, incluidos los de carácter sucesorio y prohibición de ir a un lugar determinado o rescidir en él”.

 

Lucila Martínez hizo referencia que en los últimos años, los casos de violencia familiar que inician con una simple discusión, una insinuación, un empujón, escalan a feminicidios y de acuerdo con las estadísticas sobre delitos del fuero común reportadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el país los casos de violencia familiar ha incrementado en un 12.4 por ciento, con respecto al 2018, contabilizando únicamente los casos denunciados y lamentablemente sólo el 3 por ciento de las denuncias presentadas reciben un castigo.

 

De acuerdo con datos de la Secretaría de Salud, los casos de violencia  familiar en Michoacán se incrementaron en un 17.5 por ciento, y se reportaron 4 mil 463 sucesos durante el primer trimestre del año 2019, de los cuales el 98 por ciento se perpetraron en contra de mujeres.

 

“En la actualidad, el delito de violencia familiar establecido en nuestro Código Penal es perseguido únicamente por querella, es habitual que quienes denuncian el delito no lo ratifiquen, o bien otorguen el perdón a su agresor, lo que conlleva que los afectados se vean expuestos a seguir siendo vulnerados y que su núcleo familiar siga siendo violentado por este tipo de conductas. Además no se establece  un procedimiento necesario para evitar la incidencia de este delito y coadyuvar con la rehabilitación tanto de la víctima como del victimario”.

 

Asimismo consideró que el sujeto activo de este delito, en algún momento de su infancia o adolescencia fue también una víctima, por lo que al violentar está siguiendo el mismo patrón de conducta que previamente ha padecido, por lo que es imprescindible concluir con este modelo de vida que afecta sobradamente a nuestra sociedad.

2020-02-28
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