BOLETIN 39/ MORELIA, MICH./ JUE-06-OCT/ El Tribunal Electoral del Estado resolvió, por unanimidad de votos, confirmar el acuerdo del Consejo General del IEM en el que se sanciona al PRD con una amonestación pública y multa económica de 8 mil 505 pesos, por la publicación anticipada de la convocatoria relativa a su proceso de selección interna de candidatos.
Al respecto, la autoridad jurisdiccional determinó que la autoridad responsable no fue informada, como lo establece el artículo 37, inciso c del Código Electoral del Estado de Michoacán, tres días previos al inicio del proceso de selección, sobre las modalidades y términos en que se realizaría el mismo; y contrario a lo que estableció el PRD, la autoridad administrativa (IEM) no vulneró su autonomía al pretender regular procesos internos.
Respecto del medio de impugnación interpuesto por el PRD, en contra del acuerdo del IEM en el que declara improcedente la queja contra el PAN y su candidata a la Gubernatura por presuntamente cometer actos anticipados de campaña, así como el posible uso de recursos públicos para favorecer a Luisa María Calderón Hinojosa, por decisión unánime de los Magistrados del TEEM, se determinó que el IEM no realizó un estudio exhaustivo, por lo que deberá completar la investigación de los hechos denunciados, y como consecuencia de ello proceder a uno análisis en torno determinar si se acredita, o no, la infracción a la norma .
“El IEM deberá, en uso pleno de sus atribuciones, allegarse de todos los elementos de convicción que le permitan integrar de manera completa el expediente respectivo, incluso, puede requerir a las autoridades municipales, estatales y federales para que le otorguen informes que coadyuven a verificar la certeza de los hechos, no debe constreñirse a considerar las pruebas ofrecidas. La autoridad debe realizar una investigación de forma seria, congruente idónea, expedita y exhaustiva”, señaló Jaime del Río Salcedo, Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán.
Asimismo, se confirmaron los “Lineamientos y Características Técnicas de los Materiales de Divulgación del Paquete Electoral Postal” que se utilizarán para que los michoacanos emitan su voto en el extranjero, y respecto del cual el PT solicitaba que su candidato se promocionara de manera individual por dicho partido, contrario a lo que dispone la norma con relación a las candidaturas comunes, en cuanto a que la promoción de sus candidatos debe ser de manera conjunta, precisando los partidos que lo respaldan.
Finalmente, Jaime del Río, Presidente del TEEM reiteró que, “tanto el TEEM como el IEM, vamos a seguir refrendando día a día, resolución tras resolución, sentencia con sentencia, nuestra plena disposición a respetar la Constitución y la Ley, y sobre todo a dar mayor certeza al proceso electoral”.
Lo anterior a fin de potencializar, maximizar y proteger los derechos de los ciudadanos, concluyó.