BOLETIN 3822/ URUAPAN, MICH./ MIE-08-SEP/ Agentes Quinto y Sexto del Ministerio Público e investigadores adscritos a la Subprocuraduría Regional de Justicia del Distrito Judicial de Uruapan, realizaron una inspección ocular mediante la cual, dieron fe de los delitos y daños causados a particulares por la invasión de los predios “El Zapién, Taximácuaro, El Pedregal de San Miguel, el cerro de Cheranguerán y Cóndiro”, ubicados al poniente de esta ciudad.
Con estas actuaciones, las autoridades ministeriales dan seguimiento puntual a las denuncias que interpusieron los propietarios de dichos terrenos, tras el despojo de que han sido objeto.
De estas investigaciones, las autoridades ministeriales podrían desprender los primeros citatorios a las personas involucradas, con la finalidad de que declaren y respondan ante el Ministerio Público, por los delitos que cometen en contra de los denunciantes.
Durante estas diligencias, los Agentes Ministeriales constataron la subdivisión y lotificación que han realizado los invasores a los predios señalados, los cuales forman parte de la extensión de terreno que el pasado mes de agosto, fue decretada por el Gobernador del Estado como Zona de Protección Ambiental.
Los Agentes del Ministerio Público fueron auxiliados en esta indagatoria por personal adscrito a Servicios Periciales y de elementos ministeriales, así como por efectivos de la Dirección de seguridad pública, tránsito y vialidad municipal.
Ya en dos ocasiones, autoridades municipales encabezadas por el presidente Antonio González Rodríguez, han acudido al lugar de los hechos para invitar a los “paracaidistas” a que desistan de su actitud y desalojen de manera voluntaria, al señalarles que la Ley es muy clara. El despojo de inmueble, contemplado en el artículo No. 330 del Código Penal para el Estado de Michoacán, indica que su penalidad va de seis meses a cinco años de prisión.
Se les hizo saber que los delitos contra el desarrollo urbano, contemplado en el artículo No. 350 del mismo código, impone un castigo de cuatro a ocho años de cárcel y multa de quinientos a dos mil días de salarios, “al que dolosamente promueva, fraccione, lotifique, relotifique o subdivida un terreno, sin autorización, permiso o licencia de la autoridad competente”.
También se les ha informado que el castigo se multiplica tres veces, para quienes promuevan un asentamiento humano irregular en terrenos declarados de reserva ecológica o área natural protegida, como es el caso de la superficie invadida.