Mayor control en los bienes estatales: Pasalagua
BOLETIN 032/ MORELIA, MICH./ VIE-23-JUL/ Los bienes de que dispone el estado, provienen de recursos públicos pero es necesario que se siga un control para su uso, destino y aprovechamiento; la Ley vigente no ofrece esta garantía señaló el diputado tricolor, José Trinidad Martínez Pasalagua.
Entrevistado por este medio, respecto a la iniciativa de Ley de Patrimonio del Estado de Michoacán que abroga la Ley de Patrimonio Estatal con carácter de dictamen el legislador priísta abundó que es necesario que los bienes propiedad del estado, cumplan con una función pública.
Comentó que luego de que esta iniciativa fue presentada al pleno, se turnó a comisiones para su estudio y análisis y se pronunció porque en breve surja de este trabajo una herramienta legislativa acorde a las necesidades de transparencia y utilidades públicas actuales y futuras.
Asimismo y respecto a la exposición de motivos de la iniciativa Martínez Pasalagua abundó que las áreas de donación que por ley deben ingresar al patrimonio estatal, con las disposiciones que se proponen, evitan que los fraccionadores, en claro fraude a la ley de la materia, otorguen superficies que no reúnan los requisitos legales y que por lo mismo, no puedan destinarse a obras o acciones de utilidad pública causando con ello una carga a la economía y al patrimonio estatal.
Por ello, se pretende evitar que los fraccionadores por propia iniciativa, promuevan el destino de dichas áreas con el único propósito de hacer atractiva la venta de los lotes, sin siquiera haber consultado al beneficiario de la donación.
Precisó, que en cuanto a la concesión, si bien ya está prevista en la vigente ley, ahora se incluyen nuevos requisitos y condiciones para su otorgamiento, entre los cuales figura de manera destacada el procedimiento de licitación, con lo que se da certeza jurídica, al ciudadano sobre las bases de equidad y transparencia en los requisitos para su obtención.
Asimismo, que en lo relativo a la coordinación y concurrencia de las dependencias del Ejecutivo, no obstante estar previstas en la vigente Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, se hace necesario fortalecerlas en lo general y, a través de las disposiciones incluidas en la presente iniciativa; en materia patrimonial para, de este modo, evitar las deficiencias de coordinación observadas hasta ahora.
Cabe hacer mención que la actual Ley de Patrimonio Estatal, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 9 de abril de 1964, a lo largo de sus 46 años de vigencia, ha permanecido inalterada, y sus alcances ya resultan inapropiados para una realidad pública y social distintas, lo cual se ha traducido en deficiencias de control, supervisión, sub-utilización y, en algunos casos, en indebida e inadecuada disposición de los bienes del patrimonio estatal.
Consideró por lo anterior, que la vigente Ley de Patrimonio Estatal constituye un instrumento de capital de importancia para la realización de sus atribuciones, dado que los bienes que lo integran “deben servir al propósito de contar con un eficiente, honesto y transparente funcionamiento de los Poderes del Estado.
Y dijo, que uno de los principales objetivos y tareas permanentes del Poder del Legislativo, ha sido la revisión y actualización de los diversos ordenamientos jurídicos que norman la actividad y funcionamiento del estado, disposiciones jurídicas dentro en las que se encuentra inserta la vigente Ley de Patrimonio Estatal.
En este mismo orden el priista Martínez Pasalagua comento que el patrimonio del estado constituye un instrumento de capital importancia para la realización de sus atribuciones, dado que los bienes que lo integran “deben servir al propósito de contar con un eficiente, honesto y transparente funcionamiento de los Poderes del Estado, y por lo mismo requiere que su manejo se realice de tal forma que permita su optimo aprovechamiento, circunstancia actual que ya no ofrece la vigente ley” dijo.
Por lo anterior señalo que el interés público reclama una legislación actualizada y eficiente que permita al Estado reordenar, administrar, conservar y destinar de manera optima su patrimonio, para que responda mejor a las necesidades de la administración pública y de la colectividad.
Abundó al respecto que la iniciativa propone que se incluyan disposiciones de control y supervisión en lo relativo a los bienes propiedad del Estado, de las entidades que integran el sector centralizado y paraestatal así como respecto de los bienes asignados a los otros poderes de la entidad donde se adopten y precisen la concurrencia y coordinación entre dependencias con funciones afines en materia patrimonial en lo relativo a las áreas de donación que por ley el estado debe otorgar.