El segundo Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación ordena a jueza de Distrito, revisar juicio de amparo.
Mary Dóddoli podría regresar a la alcaldía ya que se violaron sus derechos individuales; abogado defensor.
Lamberto HERNÁNDEZ MÉNDEZ/ URUAPAN, MICH./ MIE-26-MAY/ Tras la destitución del cargo de alcaldesa interina, Jesús María Dóddoli Murguía, por un decreto del Congreso del Estado, la defensa promovió un juicio de amparo ante el juzgado sexto de distrito, quien a priori consideró era improcedente; de nueva cuenta la defensa promovió un recurso de revisión ante el segundo tribunal colegiado en materia administrativa del Poder Judicial de la Federación, que revocó dicho acuerdo del juzgado y ordenó la admisión y trámite del amparo.
Rafael Luna Beltrán, quien encabeza la defensa de Jesús María Dóddoli, es además el presidente del Colegio de Abogados, delegación Uruapan, quien señaló ante los representantes de los medios de comunicación, que, con esta resolución del Tribunal Colegiado, se le dará cauce al amparo y se podrá dictar sentencia en lo que la defensa considera será a favor de su representada.
El mismo, señala las evidentes violaciones que cometió el Congreso del Estado en su perjuicio, por lo que existe la posibilidad de la restitución del cargo, de manera inmediata, en tanto se agote el procedimiento que marca la ley.
Y es que tras la destitución de la presidenta municipal interina, no sustituta, el pasado 19 de febrero del presente año, el congreso local emitió un decreto que no agotó los procedimientos que la ley orgánica de procedimientos interna establece; no fue llamada a juicio, no tuvo garantías de audiencia, no hubo entrega-recepción, en sí, se violaron sus garantían individuales, por un organismo encargado de elaborar las leyes. La destitución fue ilegal y no se ajustó al procedimiento de la ley orgánica del congreso, dijo Luna Beltrán.
Por ello, se recurrió al juicio de amparo, del cual tuvo conocimiento el 19 de febrero la jueza sexta de distrito, Patricia Elia Cerros Domínguez, quien la desechó por improcedente, aduciendo que se pretendía proteger sus derechos políticos y no las violaciones a sus garantías individuales.
Se interpuso entonces el recurso de inconformidad y revisión, ante el segundo Tribunal Colegiado en materia administrativa del Poder Judicial de la Federación y éste dictó sentencia, el 17 del presente mes de mayo,, donde revoca el acuerdo del juez sexto de distrito y le ordena la admisión y trámite de dicho amparo.
Toca ahora emitir los acuerdos, al Congreso del estado y éste determine en cuanto a derecho.