FSJR/ URUAPAN, MICH./ DOM-07-FEB/ El manejo político, de la imagen, de los votos y del poder, sigue siendo el artilugio recurrente de las instancias oficiales a ese respecto, léase: partidos políticos y funcionarios de gobierno.
La legalidad (Estado de Derecho) sufre profusos y hasta cínicos embates de las mencionadas instancias en cualesquier oportunidad en que se ven amenazados sus intereses políticos, repito: de la imagen, de los votos y del poder.
Las arbitrariedades y otros absurdos en que ha incurrido Mary Doddoli y quienes la encumbraron por tercera ocasión en el gobierno municipal continúan provocando un conflicto que pudo, puede y debe encauzarse con los mecanismos que el estado contempla para cada situación. Es bien cierto que las leyes son perfectibles y que pueden existir vacíos de legalidad, pero esto no debe ser argumentado como pretexto amañado para no aplicar las que sí existen.
Mary Doddoli destituyó regidores sin tener facultades para ello y sin seguir los procedimientos que contemplan las Leyes respectivas, por tanto debe ser penalizada (Juicio Político). . . .Aclaro y subrayo que este asunto incluye, pero va más allá de componendas de carácter laboral.
Mary Doddoli integró regidores suplentes sin seguir los procedimientos legales, por ello también debe ser penalizada (Juicio Político).
Los regidores sustitutos están ejerciendo un puesto público sin haber sido nombrados en apego a legalidad. Los propietarios deben ser restituidos y los usurpadores deben ser penalizados (Juicio Político).
Las determinaciones de un Ayuntamiento integrado ilegalmente no pueden tener sustento, por ello igualmente deben ser desconocidas.
Antonio González quedó en libertad por falta de pruebas en relación a lo que se le acusaba, por ello la Ley le ampara para que se le restituyan sus derechos ciudadanos y también, por Ley, tiene todo el derecho de ser reinstalado como presidente municipal.
Estos hechos que estoy mencionado están contemplados en la Ley vigente y como tal se deben asumir por las instancias correspondientes.
Tanto la utilización de grupos de choque que no representan para nada las mayorías del municipio y los métodos legaloides a los que recurren los infractores, deben ser contundentemente ubicados en el contexto de la Ley con la observancia, hasta a ultranza, de la misma. El hecho de tergiversarla o ser distorsionada por los mismos encargados de hacer que se observe, debe ser rigurosamente penalizado.
Porque no cabe duda que ésta es la principal causa de la corrupción y del rezago social en que indudablemente nos encontramos.
En hora buena que el Congreso del Estado y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación asuman a pie juntillas sus funciones y, sin acudir al viciado método del “arreglo político”, hagan acatar sus determinaciones.